Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ANUNCIO relativo a concentración parcelaria de la zona de Ayerbe (Huesca).

Publicado el 10/03/2006 (Nº 29)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION

Texto completo:

ANUNCIO relativo a concentración parcelaria de la zona de Ayerbe (Huesca).

Acordada por Decreto 53/2005, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» número 38, de 30 de marzo de 2005) de utilidad pública y urgente ejecución la Concentración Parcelaria de la zona de Ayerbe (Huesca). Se anuncia que los trabajos de investigacion de la propiedad darán comienzo el 1 de abril de 2006 y se prolongarán durante un período de treinta días hábiles.

Se requiere a los propietarios, arrendatarios, aparceros y, en general, a los cultivadores y titulares de cualquier derecho para que dentro del indicado plazo presenten a los funcionarios del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación de la Diputación General de Aragón en Huesca, los títulos escritos en que funden su derecho y declaren, en todo caso, los gravámenes o situaciones jurídicas que afecten a sus fincas o derechos.

Se advierte que las fincas cuyos propietarios no aparecieren en este período serán consideradas como de desconocidos y se les dará el destino señalado por la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973. Igualmente, se advierte que la falsedad de esas declaraciones dará lugar, con independencia de las sanciones penales, a la responsabilidad por daños y perjuicios que se deriven de dicha falsedad u omisión.

Los trabajos de Concentración Parcelaria afectarán a las tierras pertenecientes a los términos municipales de Ayerbe. El perímetro de la zona está incluido en el término municipal de Ayerbe en la comarca de la Hoya de Huesca y viene delimitado al Norte con los términos municipales de Loarre y Las Peñas de Riglos, al Este con los términos municipales de Loarre, Loscorrales y Lupiñén-Ortilla, al Sur el término municipal de Biscarrués, y al Oeste con los términos municipales de Biscarrués y Murillo de Gállego.

Dicho perímetro quedará, en definitiva, modificado por lo previsto en el artículo 172 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, por lo que los propietarios de las mismas deberán en su propio interés, además de hacer la declaración de sus parcelas, seguir los trabajos de concentración, para hacer valer sus derechos en el momento oportuno.

Se requiere también a cuantos actualmente utilizan aguas públicas para que indiquen la finca o fincas que riegan con las mismas, así como si está inscrito el aprovechamiento en el Registro de la Comisaría de Aguas a su favor o al de otra persona o, en otro caso, fecha desde la que vienen utilizando las aguas públicas por sí o por sus causantes, acompañando en todo caso las pruebas que acrediten estas situaciones.

Huesca, a 28 de febrero de 2006.-El Director del Servicio Provincial, p. s. r. el Secretario, Angel Martínez González.